Traslado de régimen pensional por fuera del plazo de 10 años establecido en la ley: es posible una demanda de nulidad

Feb 8, 2017 | Actualidad Atrae, Actualidad Laboral | 1 Comentario

Acerca de la conveniencia del traslado para los trabajadores y de los tiempos o edades límites para hacerlo. Posibilidades para establecer demanda de nulidad.

Según las disposiciones legales actuales, los trabajadores colombianos vinculados a un régimen pensional no pueden trasladarse entre uno y otro, en caso de encontrarse a menos de 10 años de cumplir la edad para pensionarse en el régimen público o régimen de prima media con prestación definida. Esto significa que el plazo último para obtener el traslado de régimen es hasta los 47 años para las mujeres (quienes se pensionan a los 57 años), y hasta los 52 años para los hombres, (quienes lo hacen a los 62). En el régimen de prima media con prestación definida, se requiere cumplir adicionalmente para obtener la pensión, con un mínimo de 1300 semanas de cotización.

No obstante, existen razones para que aquellos que estimen que fueron engañados al momento de haber recibido la asesoría para escoger entre uno de los dos régimen existentes, consigan, que aún después de superar la edad límite legal, se les permita realizar el cambio, si les resulta favorable en razón del monto de la mesada pensional.

El periódico Portafolio, en el artículo “Cinco escenarios en los que puede presentar demanda de nulidad para cambiar de régimen pensional”, publicado en su edición virtual de febrero 7 de 2017, informa sobre las cinco situaciones en las que a su juicio cabría la posibilidad de presentar demanda de nulidad:

  1. Omisión de una asesoría completa, profesional, clara y completa.
  2. No realización de las proyecciones para conocer la conveniencia de pertenecer a uno u otro régimen.
  3. Expectativa de mesada pensional superior.
  4. Considerar que el mínimo vital está en entredicho.
  5. Diferencias en la mesada pensional entre un régimen y el otro.

Vale la pena tener estas posibilidades en cuenta, pues se trata de protegerse y vivir dignamente durante la vejez.

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1 Comentario

  1. FABIAN ANDRES OSORIO

    El 10% de cotizantes que se espera logren pensionarse no es un panorama alentador, consiero que en parte también se debe a la creación de empleos indirectos, se debería crear un mecanismo para fomentar empleos directos y tener una expectativa mayor de trabajadores a pensionarse.

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